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El Catastro es una gigantesca base de datos que incluye información muy completa de todos los bienes inmuebles del territorio: superficies de suelo y construcción, cultivos y aprovechamientos, titulares, valores, representación cartográfica etc.
Durante siglos, el fin predominante del Catastro ha sido fiscal, hasta fechas recientes en las que el legislador, ha ido recurriendo a la información contenida en los catastros rústicos y urbanos para su utilización con fines no fiscales.
No en vano, hoy en día sigue encuadrándose administrativamente en el Ministerio de Hacienda.
El Catastro es piedra angular en la gestión de importantes impuestos locales como: el IBI y la plusvalía municipal (IIVTNU). Es una referencia innegable para la determinación de la base imponible de las operaciones inmobiliarias sujetas a los tributos cedidos a las Comunidades Autónomas como: el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Además, la información catastral es también utilizada en la tributación de las rentas inmobiliarias sujetas al Impuesto sobre la Renta de las personas físicas.
Por otra parte, el Catastro ofrece y desarrolla otras muchas aplicaciones y utilidades: seguridad jurídica (coordinación con el Registro de la Propiedad), gestión de ayudas públicas (PAC, vivienda, becas), expropiaciones, censos agrarios, políticas medioambientales etc.
Esta conexión con el territorio, hace que un mayor conocimiento de la materia catastral sea cada vez más valorado por profesionales, juristas y empleados públicos relacionados con las entidades locales.
Especialmente interesante puede resultar también para especialistas en cuestiones inmobiliarias, para el personal de las empresas que realizan trabajos de asistencia técnica para la Dirección General del Catastro, Diputaciones y Ayuntamientos.
Tampoco hay que olvidar, el atractivo que sin duda suscitará el temario entre los opositores a los diversos Cuerpos Técnicos del Ministerio de Hacienda y otros estudiosos de la materia. Finalmente, tras la reforma de la Ley Hipotecaría y del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario de 2015, la materia catastral es de indudable interés para el personal de notarías y registros de la propiedad.